Un tribunal argentino ha ordenado a una aerolínea y a una agencia de viajes indemnizar a una pareja que quedó atrapada en México durante 49 días al inicio de la pandemia de COVID-19. La decisión fue tomada por la Cámara Nacional en lo Civil y Comercial Federal, que resolvió que las empresas incumplieron sus obligaciones de asistencia tras la cancelación del vuelo de regreso en marzo de 2020.
Los demandantes, de 31 y 26 años, habían comprado boletos desde Buenos Aires a San José del Cabo, con regreso programado para el 29 de marzo de 2020. Sin embargo, el 15 de marzo, la aerolínea canceló el vuelo de retorno sin proporcionar detalles ni asistencia. Esto dejó a la pareja varada en el extranjero, obligándolos a afrontar costos adicionales para regresar, incluyendo la compra de nuevos boletos y traslados internos.
En su demanda, la pareja reclamó indemnización por daño patrimonial, gastos adicionales, daño moral y daño punitivo, argumentando que gastaron más de $118.000 en nuevos pasajes y otros gastos de subsistencia. En una decisión de primera instancia, se condenó a las empresas al pago de $118.545,20 y $40.000 a cada miembro de la pareja por daño moral, además de intereses.
El tribunal examinó si las disposiciones de emergencia eximían a las empresas de sus responsabilidades, concluyendo que, aunque la cancelación se debió a fuerza mayor, no se brindó la asistencia requerida a los pasajeros, quienes permanecieron desasistidos por casi dos meses. No obstante, se rechazó la reclamación por gastos de manutención, argumentando que estos derivaron de políticas estatales y no de las acciones de las empresas.
Al revisar el caso, la Cámara aumentó la indemnización por daño moral a $150.000 por cada pasajero, reconociendo el sufrimiento causado por la prolongada espera en condiciones difíciles. La demanda por daño punitivo fue desestimada, ya que el Convenio de Montreal prohíbe indemnizaciones que no sean compensatorias en contratos de transporte aéreo internacional.
Finalmente, se estableció una indemnización total de $340.000 para cada reclamante, constituyendo $190.000 en gastos de subsistencia y $150.000 por daño moral. Este caso refleja un contexto más amplio de litigios relacionados con la suspensión de vuelos internacionales durante la emergencia sanitaria de 2020 y destaca la necesidad de equilibrar los derechos de los consumidores con las normativas del transporte aéreo.
Fuente: www.infobae.com